sábado, 20 de junio de 2026

SE ACABÓ EL "HAZLE COMO QUIERAS, NO TE VOY A PAGAR"

¿Cuántas veces hemos escuchado a alguien evadir su responsabilidad económica después de una separación? Pues a este señor la jugada le salió muy cara.

Tras más de cinco años de excusas y omisiones, la justicia finalmente alcanzó a Luis Daniel “N”. Por no pagar la pensión a su expareja desde junio de 2018, un juez ha dictado una sentencia histórica y contundente: 3 años y 10 meses de PRISIÓN.

El caso fue desahogado durante su etapa inicial ante la Juez Primera de Control bajo la causa penal 305/2023, donde se logró establecer que el encausado y la querellante estuvieron casados civilmente, pero el vínculo fue disuelto tras sentencia de un Juez de lo Familiar, quien en 2018 condenó al acusado al pago de una pensión en favor de su ex pareja.
 
La investigación realizada por esta representación social logró establecer que el sentenciado fue omiso con su deber de asistencia desde  junio de 2018 de manera injustificada, dejando a la querellante sin los recursos necesarios.

La condena no termina ahí

Pensar que con ir a la cárcel se borra la deuda es un error. Gracias a las pruebas de la Fiscalía General del Estado (FGE), el Tribunal le impuso un castigo ejemplar que incluye:

Pago total: 
Tendrá que liquidar hasta el último peso de los adeudos acumulados y la reparación del daño.

 Cero contacto:
Tiene prohibido acercarse a su expareja o a su domicilio.

 Sin derechos:
 Se le suspenden todos sus derechos políticos.

 Exhibición: 
Recibió una amonestación pública.

¿Por qué esto es tan importante?
Porque demuestra que el incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar SÍ ES UN DELITO y tiene consecuencias reales. Dejar a una expareja sin los recursos necesarios, cuando un Juez de lo Familiar ya dictó una sentencia, no es opcional.

¿Conoces a alguien que esté pasando por una situación similar y necesite un poco de esperanza (o a alguien que necesite una advertencia)?

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